Por: Abogado Farhad Sethna ©2015
Anteriormente, cuando un abogado presentaba su comparecencia para un cliente en proceso de deportación, el abogado estaba obligado a representar al extranjero a través de todo el proceso, y en todos los aspectos del mismo, a no ser, que el extranjero o el juez especificamente le permitiera al abogado retirarse del caso. Vea mis anteriores articulos sobre este tema, en mi blog.
La Corte de Inmigración, llamada “Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración” (EOIR, por sus siglas en Inglés), la cual es parte del Departamento de Justicia de Estados Unidos, hizo un cambio favorable a este requisito oneros y aprobó un nuevo reglamento el 1 de octubre de 2015. (Véase, Registro Federal, Volumen 80, Número 190, Jueves 1 de octubre de 2015, en la página 59500); El cual entrará en vigencia el 7 de diciembre de 2015.
El EOIR esencialmente dividió los procesos de inmigración en dos partes: Procesos de Fianza o custodia; y todos los demás procesos de inmigración.
Un abogado que presente su comparecencia ahora, puede optar por representar al extranjero en una o ambas partes del procedimiento. Las dos partes son: la parte inicial de la fianza o custodia (para determinar si un extranjero puede ser liberado bajo fianza, o que otros elementos de su custodia pueden ser cambiados), y la parte de méritos; donde el extranjero argumenta contra su expulción (anteriormente llamada deportación) de los Estados Unidos. Por ejemplo, un abogado que solamente está representando al extranjero en el proceso de fianza o custodia, puede marcar que su representación esta limitada sólo a la parte de fianza del proceso. El extranjero, si desea, puede entonces contratar a otro abogado para la parte de méritos, en su proceso de inmigración.
Así mismo, el extranjero podrá obtener su propia libertad bajo fianza, o a través del trabajo de un abogado gratuito. Pero, ese abogado tal vez no esté dispuesto a continuar representándolo en sus procesos futuros. En ese caso, el abogado puede presentar una representación limitada ante la Corte de Inmigración para los procesos de fianza y custodia. El extranjero puede entonces escojer un nuevo abogado para que lo represente en el proceso de méritos.
En la promulgación de la nueva regla, el EOIR dijo:
“Los beneficios de esta regla final es que aumenta la representación de las personas detenidas al permitir que un representante comparezca ante la Corte de Inmigración para lograr obtener su libertad bajo fianza, sin requerir que el representante también esté obligado a representarlo en todo el proceso de inmigración.”
El público se beneficiará de esta modificación en los reglamentos, ya que la enmienda hará que sea más fácil para las personas que no pueden darse el lujo de contratar un abogado que los represente en la Corte de Inmigración, para al menos, poder ser representadas durante su proceso de custodia y fianza”.
Para llevar a cabo esta reglamentación, el EOIR revisará el formulario E-28 actual, el cual es el aviso de comparecencia de un abogado o representante ante la Corte de Inmigración. El nuevo EOIR-28 incluirá cajillas para que el representante indique una de tres opciones: todos los procesos de inmigración; procesos de custodia y fianza solamente; y todos los otros procedimientos que no sean los de custodia y fianza. Un abogado que no haya presentado su E-28 en representación de un extranjero para una fase particular del proceso, tendrá que hacerlo antes presentarse ante la EOIR.
ADVERTENCIA: Por favor, tenga en cuenta una vez más, que esta nueva regulación se hace efectiva a partir del 7 de Diciembre de 2015. Hasta el momento, los abogados serán completamente responsables de los casos en los que presentaron un E-28. En otro artículo en este blog, explico los requisitos legales que obligan la representación continua y el proceso para que se le permita retirarse de la misma.
Acerca del autor: El abogado Farhad Sethna ha ejercido la profesión por más de 20 años. Desde 1996 el ha sido Profesor Adjunto de Inmigración en la Universidad de Akron, Escuela de Derechos. Es orador frecuente en seminarios de Continuación de Educación Legal y de desarrollo profesional en diversos temas relacionados con la inmigración. Su práctica se limita a la inmigración y a asuntod de pequeña empresa. Con oficinas en Cuyahoga Falls, Akron y Dover, Ohio, el abogado Sethna representa a clientes en todos los tipos de casos de inmigración. Nuestro número es:-384 (330)-8000. Por favor envíe sus preguntas de inmigración general al AbogadoSethna@immigration-america.com. Trataremos de contestar a tantas como sea posible.
Esto es sólo información general. Por favor consulte con un abogado de inmigración para obtener asesoramiento sobre su caso específico.