© Abogado Farhad Sethna 2013
En Enero 3, 2013, el Departamento de Seguridad Nacional publicó una regla final que establece el proceso para aplicar por una exención provisional de presencia ilegal para familiares inmediatos (cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años) de ciudadanos estadounidenses. Esto es mucho mejor que la regla anterior, la cual solo cubría a los cónyuges de ciudadanos estadounidenses. Lo que se expone a continuación es solo un resumen de algunos puntos de esta larga regla final y no cubre todos los detalles.
El proceso se hará efectivo en Marzo 4, 2013. Requerirá de un nuevo formulario de exención I-601A y debe ser presentado por el extranjero, no por el familiar estadounidense inmediato. Se espera que el costo de presentación siga siendo $585 (igual que por el formularion I-601) más el costo por las huellas dactilares (actualmente $85).
¿POR QUÉ ES NECESARIA LA EXENCIÓN I-601A? ¿CÓMO ME AYUDA?
Anteriormente, un familiar de un ciudadano estadounidense que acumulara más de 6 meses de presencia ilegal en EEUU., tenía que regresar a su país y aplicar allá por una exención en el consulado estadounidense. ¡Un proceso que podía durar meses! Bajo el nuevo proceso, el familiar extranjero presenta su aplicación en los Estados Unidos, una vez es aprobada, viaja a su país de origen, recibe su visa de inmigrante y vuelve a los Estados Unidos. Este proceso eliminará meses de estadía en su país de origen.
¿QUIÉN NO PUEDE APLICAR?
La persona que está en proceso de remoción o ya se ha ordenado su remoción, exclusión o deportación de los Estados Unidos. Además, si usted hizo cita de entrevista para su visa migratoria antes de Enero 3, 2013, no puede presentar esta exención. Tampoco puede aplicar si no puede demostrar que el negarle la admisión a los Estados Unidos causaría dificultades extremas a su familiar peticionante estadounidense. Cuando han existido otras razones por las cuales no se le ha admitido en EEUU como son las condenas criminales, o entradas ilegales repetidas, se hace necesario presentar otra clase de exenciones.
¿QUÉ DEBO PROBAR?
El solicitante deber ser un familiar inmediato de un ciudadano estadounidense, tener más de 17 años y ser inadmisible solamente por la causal de presencia ilegal y demostrar que la denegación de dicha exención resultará en dificultades extremas para su cónyuge, hijo o padre ciudadano estadounidense.
SUMARIO
La exención I-601A solo puede ser presentada si su aplicación I-130 ha sido aprobada y una vez que ambas aplicaciones (I-601A y I-130) sean aprobadas se procesarán en el Centro Nacional de Visas. Es posible que estas directrices cambien en la medida en que el USCIS encuentre sus primeros casos y comienze a racionalizar y modificar sus procedimientos.
La exención I-601A no será efectiva hasta el Lunes, Marzo 4, 2013 y no se debe presentar antes de esa fecha, pues la aplicación será rechasada y devuelta. Se recomienda que cualquier aplicante obtenga consejo legal calificado para estas aplicaciones que son verdaderamente complejas.
Encontrará más información en mi sitio de web cuando haya detalles adicionales.
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Acerca del autor: El abogado Farhad Sethna ha ejercido la profesión durante más de 20 años. Su práctica se limita a la inmigración y asuntos de pequeña empresa. Desde 1996 el ha sido Profesor Adjunto de Inmigración en la Universidad de Akron, Escuela de Derechos. Con oficinas en Akron y Dover, Ohio, el abogado Sethna representa a clientes en todos los tipos de casos de inmigración. Nuestro número es:-384 (330)-8000. Por favor envíe sus preguntas de inmigración general al AbogadoSethna@immigration-america.com. Trataremos de contestar a tantas como sea posible.
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